El Grupo de Trabajo Interinstitucional sobre Salud Reproductiva en Situaciones de Crisis (GTI) insta a la comunidad internacional a que atienda las necesidades y los derechos de las mujeres y las niñas en contextos humanitarios y frágiles durante la pandemia COVID-19, lo que incluye garantizar su acceso a servicios y suministros esenciales de salud sexual y reproductiva.
El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró la COVID-19 pandemia mundial. Aunque todos los países están luchando por responder a la rápida propagación de la enfermedad, la pandemia supone una amenaza especialmente grave en las crisis humanitarias existentes, y amenaza con empujar a los entornos frágiles hacia nuevas crisis. Incluso antes de la pandemia de COVID-19, se calcula que 1.800 millones de personas vivían en contextos frágiles en todo el mundo, de las cuales 168 millones necesitaban ayuda humanitaria.1 Aproximadamente 1 de cada 4 de ellas son mujeres y niñas en edad reproductiva.2 El número de mujeres y niñas en situación de riesgo crítico seguirá aumentando sin duda a medida que los contextos humanitarios se enfrenten a COVID-19 sistemas sanitarios y redes logísticas ya sobrecargados, espacios y refugios inadecuados y abarrotados, protecciones limitadas frente a la violencia de género, instalaciones y suministros de higiene y saneamiento insuficientes.
Garantizar la provisión de información, servicios y suministros integrales de salud sexual y reproductiva en contextos humanitarios es fundamental no sólo para una respuesta eficaz, sino también para cumplir las obligaciones jurídicas internacionales.
Ha llegado el momento de que los gobiernos, los agentes humanitarios y el sector privado colaboren para garantizar la disponibilidad y el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva esenciales y que respeten los derechos, como la anticoncepción, la atención intraparto en todos los partos, la atención obstétrica y neonatal de urgencia, la atención postaborto, la atención segura del aborto en toda la extensión de la ley, la atención clínica a las supervivientes de violaciones, y la prevención y el tratamiento del VIH y otras infecciones de transmisión sexual.